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jueves, 2 de junio de 2011


EL AYUNTAMIENTO DE RIBA DE SAELICES SE CONSTITUIRA EL DÍA 11 DE JUNIO

La Ley establece que los Ayuntamientos se constituyen en sesión pública, si bien la hora se fija de común acuerdo entre los cabezas de lista de los diferentes partidos o agrupaciones que hayan obtenido representación.

La alcaldía saliente convoca la sesión.

En primer lugar se procede a la formación de la Mesa de Edad. Integran dicha Mesa los concejales electos de mayor y menor edad presentes en el acto. Actuará como Presidente de la Mesa, y de la Corporación hasta la toma de posesión del Alcalde, el concejal electo de mayor edad, siendo Secretario quien lo sea de la Corporación.

Luego los electos juran o prometen el acatamiento a la Constitución.

Una vez constituida la corporación se procede a la elección de Alcalde. Pueden ser candidatos a Alcalde todos los Concejales; si alguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los Concejales es proclamado electo; si ninguno obtuviese dicha mayoría, será proclamado Alcalde el Concejal que hubiere obtenido más votos populares en las elecciones, y si éste no aceptara la Alcaldía el siguiente en número de votos.

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